Hacienda y la nueva Ley del Tabaco (I): el monopolio

Jun 1, 2022

¿Qué nos depara Hacienda con la nueva Ley del Tabaco? En esta serie de artículos vamos a desgranar cómo afectaría al negocio estanquero cada uno de los aspectos que pretende modificar la ley. Empecemos por el más importante de todos: ¡el monopolio!

La semana pasada conocimos, ¡al fin!, el contenido del anteproyecto de la nueva Ley del Mercado de Tabacos. Antes que nada, queremos recordaros que el texto que se analiza es un anteproyecto del Ministerio de Hacienda al que le falta mucho camino por recorrer. Le faltan un montón de trámites y dictámenes: del Comité Consultivo, del Consejo de Estado, de la Secretaría General Técnica…

El texto que finalmente apruebe el Consejo de Ministros puede diferir del actual anteproyecto, por no decir ya del que aprueben, por último, el Congreso y el Senado. Y será ese, y no otro, el que se publique en el BOE y entre en vigor. Dicho esto, también es cierto que el texto que nos propone Hacienda ya nos muestra claramente por dónde van a ir los tiros…, qué les importa e interesa, y qué no.

▪ Éramos pocos…

La ley tiene una enorme trascendencia para todos los operadores del mercado de tabacos —y prevé que pasemos a ser unos cuantos más. A los operadores tradicionales —fabricantes, distribuidores, estancos y PVR—, se les añaden los transformadores de hoja cruda, fabricantes y comerciantes de maquinaria de fabricación, de máquinas expendedoras o vending, y de productos relacionados con el tabaco, especialmente de cigarrillos electrónicos y vapeo.

Todos ellos deberán contar con «autorización» del Comisionado para el Mercado de Tabacos —pagando sus tasas—, y quedarán sujetos a la ley y sus sanciones. ¡Bienvenidos al club!

Y ahora todos estos interesados podemos, hasta el 24 de junio, presentar alegaciones al anteproyecto. Suponemos que las asociaciones de estanqueros —y algunos estanqueros, quizás— se habrán puesto ya a analizar el texto del anteproyecto y la memoria que lo acompaña.

Hemos solicitado a nuestros abogados de cabecera, www.abogadosestancos.legal, un primer análisis centrado especialmente en lo que se mantiene y en lo que cambia para los estancos. Como son muchas cosas, y hay que explicarlas para que se entiendan, lo haremos a través de una serie de artículos más breves.

▪ Empezamos por lo más importante: el monopolio

Lo mejor de todo: no solo se mantiene, sino que el monopolio minorista se amplía a los «productos relacionados con el tabaco». Entendemos que se trata de una extensión hacia todos los productos de la ‘nicotina’: cigarrillos electrónicos, e‑líquidos… etc., e incluiría todos los dispositivos de esa índole.

Lo peor: esto comporta que el precio sea único y regulado, y el margen, del 8,5 %.

Hemos hablado de ello en otras ocasiones, por ejemplo, con el CBD. Cuando un producto se incorpora al monopolio, los estanqueros pasan a tener la exclusiva, pero el negocio se lo queda el Estado.

Lógicamente, será el final de las tiendas de vapeo, así que la disposición transitoria segunda les permite seguir operando algunos años para dar salida a su stock y amortizar inversiones.

▪ Nuevos servicios de obligada prestación

La nueva ley prevé, además, que pueda obligarse a las expendedurías a prestar nuevos servicios o a vender determinados productos que se consideren esenciales, como el timbre. Una previsión que nos podría empujar a realizar algunos negocios de poco margen que ahora son voluntarios pero que, cierto es, consolidan la red de expendedurías como instrumento del Estado.

 

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